OPOSICIÓN ESCALA BÁSICA
Aquí te vamos a explicar en qué consiste el proceso desde que decides empezar a opositar a la Escala Básica de Policía Nacional hasta que juras el cargo.
REQUISITOS
Lo primero que debes cumplir son los requisitos generales fijados por el Ministerio del Interior.
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación en la Policía Nacional.
c) No haber sido condenado o condenada por delito doloso, grave o menos grave, ni separado del servicio de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las funciones propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional aprobado por Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, recogido en el anexo IV, salvo lo que se indica en la base 6.1.3.a) respecto de las causas de exclusión cuya efectividad ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo.
e) No consumir drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes contemplados en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y en sus posteriores modificaciones salvo prescripción facultativa previa.
f) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B sin restricción alguna sobre el vehículo a conducir.
h) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente. En relación con tales equivalencias, habrá de estarse a lo dispuesto en la normativa vigente y de acuerdo con lo previsto por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
i) Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero. Las personas aspirantes a ingresar en la Policía Nacional, en la categoría de Policía, deberán estar en posesión de, al menos, el nivel A2 en cualquiera de los idiomas prioritarios (inglés o francés) para la Policía Nacional antes de que termine el último día del plazo de presentación de solicitudes.
FASES DEL PROCESO
PRUEBAS TEÓRICAS
Durante el mismo día realizarás varias pruebas teóricas que deberás superar para pasar a la siguiente fase.
- Examen de conocimientos: contestación por escrito en 50 minutos de un cuestionario de 100 preguntas con 3 opciones de respuesta. Solo serán seleccionados para continuar 2,25 aspirantes por cada una de las 2.211 plazas (promoción 42).
Respecto de la reserva de plazas a que se refiere el artículo 8.2 del Reglamento de
procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, será tenida en cuenta como nota
de corte para la superación de esta prueba, la menor de las siguientes:
a) 5 puntos.
b) La de la última persona aspirante que hubiera sido declarada apta en este
ejercicio en las plazas no reservadas
- Test psicotécnico: realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) de la persona aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira
PRUEBAS FÍSICAS
- Circuito de agilidad.
- Ejercicio fuerza flexora: dominadas o suspensión en barra.
- Carrera: 1000 metros.
ENTREVISTA PERSONAL Y RECONOCIMIENTO MÉDICO
- Biodata y test de personalidad.
- Entrevista personal: De carácter profesional y personal, y con la finalidad de comprobar la idoneidad de cada aspirante tomando como referencia factores que tienen incidencia directa en la función policial a desarrollar, será realizada por al menos una persona integrante del tribunal calificador y con el asesoramiento de los especialistas que se estimen necesarios. Las cuestiones que se planteen por el tribunal irán encaminadas a determinar la idoneidad de las personas aspirantes para el desarrollo futuro de las funciones policiales
- Reconocimiento médico: Dirigido a comprobar que no concurren en la persona aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
APTO FINAL
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la prueba de conocimientos y en la prueba de aptitud física.
A la calificación final de las personas que sean declaradas aptas en la fase de oposición se le sumará, en su caso, la de los méritos que le sean valorables conforme a la orden de baremo y la puntuación que corresponda por la acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
FORMACIÓN EN LA ESCUELA NACIONAL POLICÍA
Quienes superen la fase de oposición y hayan presentado en plazo la documentación exigida, serán nombrados Policías–alumnos o Policías–alumnas por el Director General de la Policía, y en tal calidad se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía de la División de Formación y Perfeccionamiento en la fecha que oportunamente se determine, para la realización de un curso académico de carácter selectivo de formación profesional e irrepetible.
PRÁCTICAS
Quienes superen el curso selectivo realizarán en su integridad un módulo de formación práctica en el puesto de trabajo que se determine por este Centro Directivo, necesario para la obtención del nivel de profesionalización requerido para la categoría a la que se aspira a ingresar.
NOMBRAMIENTO COMO POLICÍA
Los/as alumnos/as que superen el curso selectivo establecido en la correspondiente convocatoria y el módulo de formación práctica en el puesto de trabajo, serán declarados aptos/as y nombrados/as, por el Secretario de Estado de Seguridad, Policías, de la Policía Nacional.
